Otra vuelta de tuerca contra el dinero negro.
Jueves, 28 de Enero de 2010 por Marcos del Rio
Pues desde este día 20 de enero de 2010, Hacienda obliga a los bancos y demás entidades de crédito a dar información de las imposiciones y disposiciones de fondos y cobros que sus clientes hagan en efectivo, siempre y cuando su importe sea superior a 3.000 euros.
Hasta ahora, los bancos estaban obligados a guardar los datos y bajo petición de Hacienda, suministrárselos. A partir de ahora, ya no será necesaria esa petición, sino que los bancos directamente se lo facilitarán a Hacienda “por motivos de control”.
Lo que más llama la atención, es que esta medida se extiende también a las tarjetas de crédito o débito pero sólo las de los profesionales o empresarios. Es decir, Hacienda controlará también todas las transacciones de las tarjetas realizadas por cualquier profesional o empresario, siempre que la suma de las transacciones anuales efectuadas con éstas, superen los 3.000 euros anuales.
En cualquier caso, la información facilitada por los bancos a Hacienda incluirá, en el caso del dinero en efectivo, la identificación de la operación con todos sus datos, la identificación del que ingresa y del que recibe, así como las respectivas cuentas de cargo o abono.
Por lo que respecta a las tarjetas, Hacienda tendrá conocimiento de los datos del empresario o profesional, el comercio con el que operó, el importe anual de las transacciones realizadas con esa tarjeta y las cuentas con las que se han efectuado los cobros.
